Determinación de las posibles modalidades de organización de recursos para actividades preventivas, necesarias en cumplimiento del deber general de protección de los trabajadores, frente a riesgos laborales que establece como responsabilidad empresarial el art. 14 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Dentro de las distintas modalidades preventivas se buscará la más eficiente, con puesta a disposición de presupuestos de entidades especializadas y debidamente acreditadas.